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Gestión de actividad complementaria
Gestión de actividad complementaria
Asistencia para ocasiones puntuales o de forma continua para sostener la logística y la administración. No hay encuentro deportivo sin servicio médico, no hay festival sin soporte técnico, no hay evento con éxito garantizado sin personal complementario de calidad.
Gestión de contratación de monitores y personal auxiliar. Subrogación de empleados que realizan actividades educativas y extraescolares. Atendemos el cumplimiento de la normativa legal de profesionales y asociaciones del sector. Formalización de la contratación e incorporación de personal previamente seleccionado por el cliente. Ofrecemos servicios administrativos y nos ocupamos de las obligaciones fiscales, laborales y contables de las AMPA's como también de la organización de eventos especiales como festivales y torneos.
- Secretariado AMPA
- Auxiliar administrativo
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- Conserje
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Cartas y comunicaciones:
07/10/2022
Archivo y custodia de documentos.
Son tiempos de revisión y requerimiento, o dicho de otro modo, Hacienda busca en cada rincón un potencial moroso a quien multar. Las arcas están exhaustas y la voluntad pública de solventar en lo posible esa carencia nos afecta a todos. No sólo se avecinan subidas tributarias, sino que la revisión y estudio de los contribuyentes es real, actual y creciente; se comprueban obligaciones y el cumplimiento de estas. De aquí surgen varias preguntas ¿qué obligaciones asume un club deportivo?, ¿qué debe conservarse y durante cuánto tiempo a efectos contables? Y si no existe actividad económica relevante ¿existe obligación?
Hay que conservar las facturas, en papel o formato electrónico, durante seis años, cual sea el volumen de la actividad económica del club. Estar dado de alta en Hacienda (disponer de un NIF) conlleva responsabilidades y obligaciones.
Soy un club modesto, apenas realizo operaciones económicas y no tributo, ¿Por qué motivo Hacienda me va a requerir?
Los clubes deportivos deben estar dados de alta en Hacienda e informado de su situación tributaria mediante el alta censal. En dicha declaración comunican tipo de actividad y obligaciones derivadas, pudiendo estar exentos siempre que se cumpla con la normativa. Se hace necesario revisar los datos que constan en Hacienda y habilitar una dirección segura para recibir requerimientos y notificaciones, ya que el organismo público puede revisar nuestros datos censales y comunicarnos dudas o inicios de expedientes.
¿Qué sucede si no tengo actualizado esa dirección segura o simplemente no atiendo comunicaciones o requerimientos de Hacienda?
El plazo para contestar es de 10 días hábiles a partir de la notificación emitida. Los requerimientos se atienden por vía telemática o también de forma presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria, con cita previa.
Es obligatorio atender estos requerimientos, de no hacerlo las consecuencias se resumen en multas de 150, 300 y hasta 600 euros de no presentar la documentación requerida o simplemente no haber confirmado lectura o recepción de la comunicación.
La omisión, obstáculo o renuncia receptora de comunicados, notificaciones o requerimientos está regulada en la Ley tributaria y conlleva sanciones graves.
Pero insisto, soy un club modesto sin apenas actividad económica, ¿debo sentirme aludido en estas obligaciones y responsabilidades?
Afirmativo, siendo una entidad modesta durante el ejercicio económico puede haberse recibido una subvención pública, una ayuda al deporte, un ingreso por rifas organizadas o simplemente la factura de un autónomo con retención de IRPF.
También podemos tener un local alquilado y en la factura mensual estar obligados a retener el IRPF del alquiler al arrendador, o simplemente se abonó una cantidad superior a 3.000€ a un proveedor por la compra de material deportivo. Ignorar o desconocer la Ley no exime de su cumplimiento.
¿Y qué sucede si cumpliendo con todas mis obligaciones tributarias he cometido un error y Hacienda me hace un requerimiento que deriva en posible sanción?
En ese caso estaremos hablando de lo que se entiendo por interrupción de la prescripción, el recuento de los cuatro años se detiene y se inicia nueva cuenta a partir de la resolución positiva vs negativa, que deriva en cuatro años más de conservación y custodia.
Hasta aquí todo claro, pero ¿qué debo conservar?
Todos aquellos documentos originales que reflejan movimientos económicos tanto pagos como ingresos, no sólo facturas sino también nóminas, recibos, declaraciones, justificantes, etc. Resumiendo, todo documento susceptible de ser contabilizado.
Las facturas en su formato original seis años, pero ¿lo concerniente a Hacienda y a la Seguridad Social también seis años?
La Ley General Tributaria (LGT) alude a esta obligación en su artículo 29, señalando en el art. 70 que el plazo de guarda y custodia de dicha documentación es de cuatro años a partir de la fecha de presentación.
Entonces supongamos que emito una factura con IVA por la organización de un evento deportivo, ¿qué debo archivar y por cuánto tiempo?
La factura o copia durante seis años, la declaración de Hacienda por el IVA repercutido durante cuatro años a contar desde la fecha de vencimiento del plazo de presentación del modelo 303. Ahora bien, como la declaración se relaciona con la factura, ambos documentos deberán permanecer seis años en archivo y custodia.
¿Qué entiendo por fecha de vencimiento del plazo de presentación?
Valga un ejemplo, 1º trimestre del modelo 303 del IVA, comenzaremos a contar el periodo de custodia desde el 20 de abril de 2021 con la finalización del periodo voluntario de tributación, aunque la declaración haya tenido lugar a fecha 1 de abril. En consecuencia, hasta el 20 de abril de 2025 conservaremos esta documentación.
Soy un club modesto pero obligado a realizar determinadas declaraciones periódicas, en varios ejercicios he presentado bases negativas que me exoneran de pagos tributarios, ¿también aplico los cuatros prescriptivos?
Las bases negativas están sujetas a otro criterio de temporalidad, en este caso dichas declaraciones con bases negativas tendrán una vigencia de 10 años a contar a partir del vencimiento del plazo de presentación, o del año de compensación; documentada la base negativa con los libros contables.
¿Y si el club cesa en su actividad puedo encargar al trapero desaloje el local y arrample con toda documentación?
La Ley establece que, aunque no exista actividad económica dicha documentación debe permanecer localizada y completa durante el periodo indicado, pudiendo ser requerida a los últimos representantes de la entidad.
Y Si el club fue traspasado a terceros, ¿estos últimos asumen la responsabilidad?
Si el club fue disuelto los responsables de la custodia son los componentes de la última junta directiva o junta liquidadora. Si el club cambia de propietarios, estos asumen el archivo.
Conclusión, soy un club modesto con actividad económica ocasional, puntual o periódica, en todos los casos ¿debo archivar facturas (luz, teléfono, agua…), justificantes (pago al voluntariado), contratos y recibos, además de nóminas, cotizaciones, declaraciones, etc.?
Afirmativo, siempre cumpliendo con los plazos prescriptivos, conservando los formatos originales y documentando pagos o ingresos con papeles acreditativos. Aconsejable solicitar el servicio de archivo y custodia a tu gestoría o despacho. CEI SL ofrece la custodia digital a clientes por un coste inicial de 10 €/mes.
14/11/2021
Covid-19 es un adversario fuerte para nuestros clubes, resistente, sigiloso, traidor y ajeno a reglas, pero no por ello imbatible. Nos encontramos en una partida difícil, con terreno de juego inaccesbile, jugadores lesionados, confinados y acorralados en campo propio y faltos de gol. Toca combatir, amortiguar los perjuicios y protegerse para salvar la temporada y nuestro futuro.
Su resistencia, capacidad de
propagación y evolución amenazante nos afecta seriamente, tanto que muchos polideportivos,
gimnasios, instalaciones y salas se cierran en horario parcial o total. En los
casos más graves aplazando sine die al asociado y obligando a los entrenadores a
permanecer en el banquillo de la inactividad.
¿Qué nos protege? Los ERTE son el recurso para mitigar la crisis del sector. Es la medida de contención del gobierno que permite seguir percibiendo ingresos a la expectativa de que la vacuna llamará a nuestra puerta y reabriremos con éxito escuelas deportivas y gimnasios, reencontrándonos con alumnos y compañeros. Confiamos que ya pronto las gradas serán ocupadas nuevamente por la afición, que los jugadores, abonados, afiliados y asociados retomarán la actividad deportiva.
Hasta que se restablezca la normalidad y se recupere el entorno de gimnasios, salas, instalaciones y polideportivos, conviene conocer las medidas de contención y ayuda económica al sector.
- ERTE por impedimento, dirigido a
entidades que no puedan desarrollar su actividad a causa de las restricciones y medidas de seguridad adoptadas y aplicadas a espacios
concretos. A por ejemplo barrios, pueblos, comarcas o al conjunto de una comunidad
autónoma. En donde el acceso a gimnasios, salas, polideportivos, instalaciones en
el perímetro queda vetado.
En
este modelo la exoneración relativa a la cotización del Club (empresa) es del
100% hasta el 31 de enero 2021 y con salario delegado.
- ERTE
por limitaciones, el acceso a gimnasios, salas, polideportivos,
instalaciones está restringido en horario y con asistencia reducida.
En este modelo, la actividad permanece pero con reducción
horaria. La exoneración del costo del club (empresa) varia cada mes según el
transcurso del ERTE y de la siguiente
manera y con asignación salarial proporcional.
100 % en octubre
90 % en noviembre
85 % en diciembre
80 % en enero de 2021
Es relevante saber qué ERTE nos corresponde. Cómo, dónde y cuándo se tramita. Que ventajas nos aporta y hay que tener en cuenta que el beneficio derivado del ERTE implica compromiso de mantener contratado a los trabajadores afectados durante seis meses más a partir de la finalización del ERTE. Período que se suma a los meses del compromiso de permanencia derivado del ERTE anterior.
CEI, SL es gestoría laboral, fiscal y contable especializada
en atender el club deportivo y entidades sin ánimo de lucro.
Adaptada a la
situación COVID-19, tramita ERTE.
FUENTE: Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, de medidas sociales en defensa del empleo.
27 de agosto 2021
Estimado/a Director/a
Estimado/a Director/a
Como profesional de la educación, aliado del sector escolar integrado en la comunidad educativa y afectado como todos por la pandemia, me siento con la obligación y compromiso de participar de forma activa y constructiva en la recuperación y protección del sector. En contribuir activamente en la búsqueda y aportación de soluciones o al menos presentarme como persona en disposición de colaboración.
Los medios de comunicación nos
informan a diario sobre la evolución de los acontecimientos. Domina la
percepción de alarma sobre la realidad, la previsión dramática respecto a la salud
y la economía nos inducen a pensar que la gestión de la crisis es equivocada,
ineficaz y hasta incorregible. Crece la opinión negativa respecto a nuestros
gestores y autoridades, medra la crítica severa, este pesimismo angustia, conduce
a resignación y altera los ánimos.
Nuestra sociedad en permanente
evolución era hasta hace poco técnicamente previsible; la percibíamos como
irrenunciable e irreductible. Sin embargo, hoy se nos presenta debilitada,
incierta y amenazada de pobreza y peligro.
Expresé
al comienzo de esta carta mi deseo de colaborar de forma activa y constructiva
en mejorar o reconducir la situación, con la aportación de trabajo, ideas y
sugerencias. Dice el refrán que a
grandes problemas grandes soluciones. La historia de nuestros antepasados nos
indica que la humanidad en su sentido más ámplio y a la vez desde la iniciativa
de cada individuo, es capaz de adaptarse y evolucionar positivamente, incorporando
alternativas eficaces e inovadoras capaces de aportar esperanza a una nueva
realidad.
Las
crisis nos advierten de la caducidad de ciertos privilegios y costumbres, exigiéndonos
ingenio y emprendimiento. Comprender que el futuro depende de nuestro esfuerzo
y voluntad de trabajo de cada día, aceptando que profesiones habituales pueden
desaparecer y extinguir pero que surgen otras; admitiendo que hay que definir las
nuevas necesidades, incorporar procedimientos nuevos, formarse y atender estos
nuevos requerimientos, modificar y en muchas ocasiones sustituir ideas
consolidadas que se han convertido en irrelevantes para el inicio de la recuperación y de un RENACIMIENTO.
El mes
de septiembre se nos presenta singular y determinante, imita a un regidor
poderoso que concede autoridad y reparte competencia sin par a los directores
de colegio, aportando un valor moral desconocido, una responsabilidad extrema y
una oportunidad nunca vista para salvar el futuro con un presente repleto de
incertidumbre y miedo. De estos profesionales depende hoy más que nunca, el
porvenir de aquellos que conducirán a medio-largo plazo la región, el país, el
continente y el mundo. Pero un excelente capitán de barco necesita de un
experimentado piloto, de una cualificada marinería, de auxiliares leales y de
colaboradores externos competentes y honrados para alcanzar puerto seguro de
nombre PROMETEDOR.
Todo
mi ánimo, mejor expectativa y mayor respeto a todos vosotros los/as Directores/as de colegio.
Atentamente,
José
Alonso
CEI,
SL
Gestión
laboral, fiscal y contable
Covid-19 afecta a la sociedad en todos sus ámbitos, también el escolar. Su prevención y repercusión nos exige una reflexión profunda y toma severas de medidas. Los colegios afrontan el retorno de los alumnos a las clases con sería incertidumbre. La realidad exige medidas de adaptación si se quiere salvar la empresa.
La salud de los alumnos, profesores, del personal auxiliar y servicios dependerá de cambios sostenidos en el tiempo y probablemente no financiados por ayudas públicas. Urge la búsqueda creativa y efectiva de soluciones ajustadas a una economía alternativa.
CEI, SL es gestoría laboral, fiscal y contable especializada en el sector escolar.
Los colegios concertados buscan nuevas formas de financiación.
Las inversiones éticas como modo de búsqueda de recursos adicionales para financiar proyectos de futuro, independencia y capacidad de seguir innovando.
Reflexión de María Vazquez – 08/08/20 12:16 PM republicado 27/8/020.
La pandemia ha hecho tambalear los mercados y la economía española. Las instituciones de la Iglesia y las fundaciones han sufrido mucho los efectos del Covid-19.
Me gustaría destacar la situación de los centros educativos concertados gestionados por la Iglesia Católica, donde además de tener que afrontar unos gastos importantes para adecuar sus servicios a la nueva situación, han vuelto a sufrir la amenaza del gobierno en los conciertos económicos. Sin entrar en política, ni en los derechos legalmente reconocidos por la Constitución Española, ni en lo que ahorran estos centros al Estado, nos encontramos en un momento crucial para que los colegios concertados estudien distintas vías de financiación para no depender tanto del Estado.
Se avecinan dificultades económicas.
Se avecinan dificultades económicas para las Fundaciones educativas ligadas a la Iglesia católica. Pero en épocas de desconcierto y crisis es cuando debemos animarnos y como nos dice el Papa «ponernos a trabajar activamente en favor del bien común y cambiar el mundo». Ahora es un buen momento para reforzar los proyectos educativos y buscar vías alternativas de financiación. Volver a la situación que teníamos antes de la pandemia es seguro la decisión más cómoda, pero en algunos casos no será posible y ¿por qué no plantearnos una situación mejor?
Los colegios católicos concertados deben buscar recursos adicionales para financiar sus proyectos de futuro, y seguir innovando. Es decir, deben buscar obtener un retorno económico cada año que les permita seguir llevando a cabo su misión educativa.
Una de esas fuentes de financiación son los fondos «endowment», que tienen un largo recorrido en las universidades y colegios norteamericanos y canadienses
En España el «Gestión Fondo Educativo» (GFED) son los únicos expertos en la gestión patrimonial tipo Endowment. Ayudan a que las fundaciones se doten de independencia económica, evitando su descapitalización y aportando un flujo estable de recursos que les permite planificar sus actividades de largo plazo.
Invertir en empresas que cambien el mundo.
¿Cuál es el valor diferencial de este tipo de inversión? Invertir en aquellas empresas que respetan los principios éticos, sociales y morales de la Iglesia Católica.
La principal aportación es que no se busca rentabilidad a cualquier precio, sino que se invierte el dinero de las personas o de las instituciones en aquellas buenas compañías que contribuyen al bien común, que no atenten contra la vida humana (aborto, eutanasia) ni contra la familia; que no investiguen con células madres embrionarias ni que dañen la dignidad de la persona (pornografía o industria armamentística).
Los fondos de inversión católicos en el mundo no son ni más ni menos rentables que los restantes, aunque nuestros índices de rentabilidad son superiores en algunos casos a los fondos de renta variable.
Un sistema común en la Iglesia en EEUU.
Muchas fundaciones y congregaciones de la Iglesia católica se han planteado cómo pueden perdurar en el tiempo sus obras sociales, cuando las vocaciones están disminuyendo o cuando la educación se torna cada vez más estatalista.
En Estados Unidos, la financiación por endowment funds es común en las entidades católicas. En España hay desconocimiento y poca cultura sobre las inversiones éticas y no pocas instituciones religiosas y fundaciones consideran que destinar una parte de su patrimonio para invertir de manera ética es gastar un dinero que se necesita. En un fondo así, se pone el dinero a trabajar para que dé frutos.
27/8/021